Octavio Ortiz García / MoreliActiva
Morelia, Michoacán, a 8 de enero del 2024.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán ayer por la noche sentenció que el presidente municipal de Morelia, Alfonso Martínez Alcázar, no cometió actos anticipados de campaña por el caso de unas publicaciones de una encuesta en su favor en la red social Facebook.
“Se declaran inexistentes las infracciones por estar en libertad de expresión, no se demostró que los denunciados destinaran recursos públicos, y se declara no responsable al presidente municipal por no tener conocimiento de dichas publicaciones”, dijo el tribunal.
Esto toda vez que Gustavo B. S. interpuso el juicio por publicaciones de encuestas, efectuadas en Facebook en octubre del año pasado, y que fueran realizadas por presuntos funcionarios municipales desde sus redes sociales personales.
Así, el tribunal, con dos votos a favor y uno en contra, determinó que no se podía imputar al presidente municipal de lo realizado en otros perfiles de la red social.
Empero, se determinó sancionar a quien pagó a la casa encuestadora para realizar la encuesta.
Resaltar que el comisionado Salvador Pérez Contreras votó en contra de la no comisión de actos anticipados, pues aseguró que los funcionarios municipales al tener una intención política hacían públicos sus perfiles privados, por lo que podrían ser sancionados, máxime cuando se habían realizado una publicación ya en tiempos electorales.